El Observatorio del Comercio Valenciano aprueba el calendario de apertura de establecimientos comerciales en domingos y festivos para 2024 

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Los días propuestos son: 7 de enero, 29 de marzo, 31 de marzo, 24 de junio, 7 de julio, 12 de octubre, 1 de diciembre, 6 de diciembre, 15 de diciembre, 22 de diciembre y 29 de diciembre 

El Observatorio de Comercio Valenciano ha aprobado los once días en los que se permitirá la apertura de los establecimientos comerciales en domingos y festivos para 2024, tal y como marca la ley autonómica.

En la reunión mantenida este martes, el Observatorio ha acordado, por unanimidad, proponer a la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, a la que está adscrito, los siguientes 11 domingos y días festivos de apertura comercial para el próximo año: domingo 7 de enero, viernes 29 de marzo, domingo 31 de marzo, lunes 24 de junio, domingo 7 de julio, sábado 12 de octubre, domingo 1 de diciembre, viernes 6 de diciembre, domingo 15 de diciembre, domingo 22 de diciembre y domingo 29 de diciembre.

También se ha dado a conocer el Informe Anual de la Distribución Comercial que elabora la Oficina PATECO del Consejo de Cámaras de la Comunitat Valenciana.

El Observatorio de Comercio es un órgano colegiado, consultivo y asesor en materia de actividad comercial, presidido por la directora general de Comercio, Artesanía y Consumo, Maribel Sáez, que ha celebrado este martes su sesión número 54 desde su sesión constitutiva, que tuvo lugar el 5 de abril de 2001.

Entre sus funciones figuran las de proponer, sin carácter vinculante, los 11 domingos y días festivos cuya apertura autoriza anualmente la Conselleria. También es el órgano encargado de recibir información de proyectos normativos, de las declaraciones de zonas de gran afluencia turística y de aquellos proyectos que estime la Conselleria que son de su interés.

El Observatorio del Comercio Valenciano está constituido por representantes de las distintas entidades y organizaciones empresariales del sector de la distribución comercial minorista, incluidos los de las pymes; las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación, las personas trabajadoras de las empresas anteriores; las organizaciones que actúan en defensa de las personas consumidoras; otros agentes representantes del sector comercial, las entidades municipales, y representantes de distintos órganos de la Generalitat.

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